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RESTRICCIONES

Extienden México y EUA restricciones a tránsito terrestre hasta marzo

Siguiendo con los términos aplicados desde el 2020

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) de México anunció que tras revisar el desarrollo de la propagación de la enfermedad COVID-19 se planteó a Estados Unidos extender las restricciones terrestres. (ARCHIVO)

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) de México anunció que tras revisar el desarrollo de la propagación de la enfermedad COVID-19 se planteó a Estados Unidos extender las restricciones terrestres. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La frontera de México con Estados Unidos alcanzará un año de cierre parcial. Las autoridades de Estados Unidos y México acordaron que la frontera terrestre entre los dos países permanecerá cerrada, de manera parcial, hasta el 21 de marzo próximo. Fue el 21 de marzo de 2020 cuando se decidió el cierre parcial de la frontera, para con ello evitar la propagación de la pandemia del COVID-19.

Mes con mes se ha revisado la pertinencia de abrir o no el paso normal en la frontera terrestre. La decisión, desde hace 11 meses, ha sido que debe permanecer parcialmente cerrada "Tras revisar el desarrollo de la propagación de #COVID19 y debido a que las diversas entidades federativas se encuentran en naranja del Semáforo Epidemiológico, México planteó a Estados Unidos la extensión por un mes más, de las restricciones al tránsito terrestre no esencial en su frontera común", difundió la Secretaría de Relaciones Exteriores a través del Twitter.

El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en inglés) también anunció que la frontera permanece como hasta ahora: solamente se permiten los viajes esenciales, hacia los Estados Unidos. Los viajes esenciales se circunscriben a: ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresan a la Unión Americana; individuos que viajan por motivos médicos, previo comprobante; quienes viajen por motivos de asistencia a instituciones educativas.

Además, se permite el paso a personas que viajan por motivos de trabajo esencial a Estados Unidos; quienes viajen como parte de personal de emergencia o por razones de salud pública; ciudadanos relacionados con el comercio transfronterizo lícito; individuos en viaje oficial del gobierno o viaje diplomático, así como miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos, sus cónyuges e hijos que regresan hacia la Unión Americana; personas que viajan por motivos relacionados a las Fuerzas Armadas estadounidenses o sus operaciones.

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